El Tribunal Supremo anula el embalse de Biscarrués – Ahora Yesa

(Para la Asociación Río Aragón-COAGRET «La histórica sentencia de Biscarrués fuerza a descartar el proyecto de recrecimiento de Yesa«)

(De Seo BirfLife) El proyecto de Biscarrués, que pretende levantar una presa y un embalse que alteraría la ecología del río Gállego, afluente del Ebro, ya es papel mojado. En una sentencia notificada ayer, la Audiencia Nacional tumba el anteproyecto y la declaración de impacto ambiental que sustenta la construcción de esta infraestructura hidráulica en la provincia de Huesca, actualmente en trámite de información pública.

Así lo estiman los colectivos que recurrieron el embalse de Biscarrués ante la Justicia: la coordinadora Biscuarrués-Mallos de Riglos, los ayuntamientos de Biscarrués, Murillo de Gállego y Santa Eulalia de Gállego, y las organizaciones WWF, SEO/BirdLife,  Greenpeace, Ecologistas en Acción y Amigos de la Tierra. El de Biscarrués ha sido el primer caso en el que se personaban conjuntamente estas cinco organizaciones ecologistas.

El principal argumento esgrimido por la Audiencia Nacional es que, con este proyecto, el Gobierno de España incumple la Directiva Marco de Agua. Esta norma comunitaria, de aplicación en nuestro país desde el año 2000, obliga a prevenir el deterioro de todas las masas de agua de la Unión Europea y a mejorar su estado. A juicio del tribunal, esto no sucedería si se construye Biscarrués, ya que el río Gállego se vería modificado significativamente al dejar de ser un sistema de agua corriente para convertirse en un depósito.

Es más: la Audiencia Nacional afea al Estado español que, cuando se aprobó el anteproyecto de Biscarrués en 2012, nuestro país ya había incumplido la Directiva Marco del Agua al no haber aprobado en 2009 todos sus planes hidrológicos y, entre ellos, el del Ebro.

En opinión de los demandantes, la acreditación de que el Estado incumple con la citada directiva es especialmente relevante, no solo porque es ejemplarizante, sino porque sienta un precedente y puede tener implicaciones sobre otros proyectos en curso. Es el caso, por ejemplo, de los planes para construir los embalses de Valcuerna y Almudévar, que son mencionados en la sentencia. También el de Mularroya. Los dos últimos ya han sido recurridos ante los tribunales.

La Directiva Marco del Agua establece, en su artículo 4.7, condiciones estrictas para acometer, de forma excepciona, proyectos que alteren las masas de agua. Según la Audiencia Nacional, estas condiciones no se cumplen en este caso.

En concreto, el tribunal cita que la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), trámite imprescindible en estos casos, no contiene todos los estudios y evaluaciones necesarios para ello. Asimismo, estos estudios deben presentarse antes de iniciar las obras, y no después, tal y como se pretendía. De lo contrario, la DIA carecería de toda utilidad. Y, además, la sentencia señala que los argumentos no pueden formularse en abstracto: el proyecto de Biscarrués aludía a un “interés público superior”  que no estaba soportado por un análisis detallado y específico. Este interés, por tanto, no está acreditado en el marco de las normativas vigentes.

La sentencia también señala que no se ha presentado un informe de viabilidad económica, técnica, social y ambiental, ni tampoco un estudio específico de recuperación de costes. Ambos trámites son obligatorios en aplicación de la Ley de Aguas.

Triunfo de la sociedad civil

Tras esta excelente noticia, que es un triunfo de la sociedad civil aragonesa, tanto Amigos de la Tierra, Ecologistas en Acción, Greenpeace, WWF y SEO/BirdLife como la Coordinadora Biscarrués-Mallos de Riglos, solicitan al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y a Riegos del Alto Aragón, empresa que impulsa el proyecto, que no recurran esta sentencia y que entierren Biscarrués definitivamente. Todos los colectivos presentarán alegaciones al proyecto, en trámite de información pública, argumentando lo que ya ha probado la Audiencia Nacional.

En opinión de los recurrentes, el Gobierno de España y el Ejecutivo aragonés, a través de la Confederación Hidrográfica del Ebro, han de aprovechar esta oportunidad para trabajar en una política de aguas centrada en proteger, y no en deteriorar, los ríos y ecosistemas acuáticos. Es el camino más acertado para asegurar el futuro de los servicios que nos aportan estos hábitats. En este punto, los colectivos ponen en cuestión el papel y el trabajo de la Confederación Hidrográfica del Ebro, que debería tener a la Directiva Marco del Agua como referente jurídico a la hora de realizar cualquier actuación,en lugar de vulnerarla.

Los pueblos del río Gállego han demostrado que se puede crear economía sostenible basada en el respeto a su medio natural y, con este fallo judicial, se abre un camino para quien verdaderamente quiera apostar por un modelo económico sostenible en el tiempo y que respete las normativas europeas.  Es tiempo de que las gentes de la comarca de Galliguera, la zona afectada por el proyecto, consoliden su apuesta por un desarrollo sostenible ligado al río. Trabajar en positivo por esta tierra beneficia a todo Aragón.

 

Los recurrentes solicitan a los poderes políticos que no se plantee ningún proyecto más en la cuenca del río Gállego puesto que podría incurrir en una nueva ilegalidad; que no se utilice el poder ejecutivo y legislativo para cambiar las leyes o las características de la presa y saltarse así el fallo judicial, como ya se hizo en el pantano de Mularroya; y que el presupuesto asignado al pantano de Biscarrués sea destinado a la descontaminación del río Gállego, algo que, además de ser una obligación legal, beneficiaría a toda la cuenca y a los usuarios del agua del río en Monegros.

Historia de los desmanes en el Gállego

El Gállego, río emblemático de Aragón y de la cuenca del Ebro, es un ejemplo paradigmático de los males crónicos que padecen muchos ríos españoles, sometidos a todo tipo de presiones y privados de su carácter natural. En sus menos de 200 kilómetros, reúne un rosario de abusos ambientales, obras innecesarias o mal proyectadas y decisiones de gestión irresponsables que han degradado su valor ambiental y han privado a la sociedad de un bien común de gran valor.

Son obviadas la planificación a largo plazo y el cumplimiento de las normativas de la UE, y también se ignoran los pilares de la sostenibilidad: el social, el económico y el ambiental. El mejor ejemplo de esta política es la proyección del embalse Biscarrués, ideado hace casi 40 años y con un presupuesto que superaría los 125 millones de euros. La finalidad oficial de la presa es laminar las avenidas del río Gállego y atender las demandas de riego de los cultivos de Riegos del Alto Aragón, el mayor regadío de Europa occidental, con 174.000 hectáreas.

El agua está destinada a regar parte del enclave natural estepario más importante de Europa, los Monegros, lo que implicaría la transformación de zonas de secanos de alto valor ecológico en regadíos con el agua embalsada en Biscarrués. Afectaría a hábitats y especies en clara regresión como el sisón o el cernícalo primilla, cuyas poblaciones han descendido un 50% en los últimos 10 años.

Ese muro tendrá también otros efectos. Entre los más perjudiciales se encuentra el de anegar kilómetros de río que, desde hace más de dos décadas, permiten ganarse la vida a varios centenares de familias gracias a los deportes de aventura y que ha conseguido frenar la despoblación demográfica que sufre esta zona del alto Aragón. De hecho, en la comarca de la Galliguera se dan casi un tercio de las actividades de turismo activo que se desarrollan en la comunidad autónoma.

El embalse de Biscarrués, afectaría a especies en peligro de extinción como el milano real o el cangrejo autóctono. También modificaría el paisaje, deteriorando de forma irreversible el Monumento Natural de los Mallos de Riglos, Agüero y Peña Arrueba.

El Tribunal Supremo (TS) rechazó el 19 de marzo 2020, el recurso judicial contra la sentencia de la Audiencia Nacional, de 2017, que paralizó el anteproyecto de construcción del embalse de Biscarrués en el río Gállego y la declaración de impacto ambiental, con lo que queda anulado este proyecto

Según la Coordinadora Biscarrués-Mallos de Riglos  ésta «s la primera vez que, en el marco del Estado, se anula de modo definitivo un proyecto de gran presa por la obligatoria preservación de los cursos de agua fluviales que viene determinado por la Directiva Marco del Agua»  La Directiva Marco del Agua establece que los proyectos hidráulicos no pueden afectar «de modo significativo» a masas de agua en toda la UE, rechazando las actuaciones basadas en «meras razones de oportunidad ingenieril o económica».

En este caso no se ha acreditado que los beneficios obtenidos por dichas alteraciones de la masa de agua no puedan conseguirse, por motivos de viabilidad técnica o de costes desproporcionados, por otros medios que constituyen una opción medioambiental significativamente mejor.

Según los habitantes locales afectados, nunca se ha acreditó que este proyecto respondiera a razones de interés público superior, que supone más razones que las meras de interés general. Se entiende un interés público superior cuando existe la necesidad de proteger valores fundamentales para la vida de la población local como la salud, la seguridad o el medio ambiente- y otras.

En 2015 la Comisión Europea envió al Ministerio de Medio Ambiente una Carta de Emplazamiento planteando que este proyecto hidráulico incumplía la Directiva Marco del Agua en múltiples aspectos .

La histórica sentencia de Biscarrués fuerza a descartar el proyecto de recrecimiento de Yesa

  • Felicitamos a los defensores del río Gállego y mostramos nuestro total reconocimiento a la asociación hermana Coordinadora de Biscarrués-Mallos de Riglos-COAGRET por su batalla durante 33 años contra una obra insostenible e irracional.
  • Es lamentable que haya tenido que ser Europa quien legisle contra las aberraciones planificadas sobre nuestros ríos en el Pacto del Agua.
  • Por tanto, Yesa se debiera descartar por el mismo motivo. Su interés público superior nunca se probó con rigor y tan solo avanzó con una declaración de interés general, de marcado carácter político y que hoy el Tribunal Supremo consideraría insuficiente.
La Asociación Río Aragón quiere felicitar de forma efusiva a todos los que, durante más de 30 años, han luchado para preservar el buen estado del río Gállego y combatido una de sus mayores amenazas, el embalse de Biscarrués. En especial queremos felicitar a la coordinadora Biscarrués-Mallos de Riglos, con la que compartimos espacio de lucha en COAGRET, a los ayuntamientos de Biscarrués, Santolaria y Murillo de Gállego y a las organizaciones ecologistas.
El Pacto del Agua, impulsado por el corrupto Antonio Aragón, ha fracasado estrepitosamente y poco a poco sus obras más emblemáticas se han ido derrumbando. Desgraciadamente han tenido que ser sentencias judiciales quienes obligaran a descartar Santaliestra o Biscarrués. Fue la decisión valiente de un político, lo que le costó el puesto, quien eliminó Jánovas. Fue una dura batalla quien forzó el acuerdo del Matarraña. Desgraciadamente nunca ha sido la inteligencia política de los grandes partidos de Aragón quien ha dado solución a problemas que han condenado, innecesariamente, a muchos pueblos durante décadas. En estos momentos tan sólo Mularroya y Yesa permanecen como resultado de aquel mal sueño.
A fecha de hoy, sería imposible que se aprobaran como se aprobaron en su momento, una vez que la legislación europea, impulsada en 2000 a través de la Directiva Marco, se ha ido consolidando. Justificar que Yesa se tiene que hacer porque se incorporó en un decreto de 1992 contra la sequía o porque se incluyó en los planes de cuenca, y todo ello mediante una arbitraria declaración de interés general, ya no resultaría admisible. Como bien señala la sentencia, una obra que deteriora gravemente una masa de agua, dígase el río Aragón, y que tiene alternativas más sostenibles y eficientes, nunca podría obtener la declaración de interés público superior.

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