Foto principal: intento de desalojo de la comunidad mapuche Suyai Leufu en 2022 (Argentina.indymedia)
La Legislatura provincial de Mendoza (Argentina) votó una resolución que ignora el carácter de «pueblo originario» e incluso la misma existencia del Pueblo Mapuche, pese a toda la evidencia histórica y antropológica. Esto no es más que el resultado de una campaña negacionista y discriminatoria histórica de intereses capitalistas, extractivistas – mineros y petroleros-, que buscan apropiarse de sus territorios y recursos, el racismo histórico derivado del colonialismo. Ahora, dicho racismo y exclusión son encabezados por el gobierno liderado por el partido político Cambia Mendoza.
Esta decisión afecta sobre todo territorios indígenas en esa provincia que son 32 comunidades indígenas reconocidas tras 10 años de gestión por el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) y de acuerdo a la Ley Nacional 26.160 que avala los derechos territoriales indígenas recogidos en la Constitución argentina en su artículo 75, inciso 17. Afecta especialmente a comunidades mapuches reconocidas hasta ahora como Lof El Sosneado, Lof Suyai Levfv (Los Molles, Malargüe) y Lof Limay Kurref (Los Molles, Malargüe).
Este conflicto territorial ampoco es nuevo. Es el mismo que la comunidad Suyai Leufu viene sufriendo desde hace 11 años con 4 desalojos. El año pasado (foto principal) también sufrieron una amenaza de desalojo por parte de familias aristócratas, con la complicidad de la Jueza Cubillos de San Rafael, Sra. Nelida Lombardo de Luchessi. En su caso, ya quedó demostrado que esas tierras les pertenecen históricamante. Esa jueza y su marido, el arquitecto Lucchesi son los principales interesados e instigadores. Son los herederos de Bombal, de la familia dueña de Cuadro Bombal y tierras, y herederos Aldao, la familia Aristocrática que ha mantenido su presencia en diferentes momentos de la Historia de invasión sobre territorio Mapuche. Los mismos apellidos que serían «dueños» de mas de 30.000 hectáreas en los Molles donde se puede leer un cartel «VENDO LOTES». Los mismos apellidos dueños de 10.000 hectáreas de viñedos y del Laberinto de Borges de la Estancia Los Álamos, «construida como estancia fortificada contra los indios».

El propio el INAI, junto la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI), mostró su preocupación ante el proyecto aprobado por la Cámara de Diputados de la provincia de Mendoza (Argentina) contra el pueblo mapuche. Dicho proyecto de ley define que “los mapuches no deben ser considerados pueblos originarios argentinos en los términos del artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales”.
El artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, a la cual todas las provincias están sometidas, otorga jerarquía constitucional a la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, por el cual Argentina está obligada a evitar “toda distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos de raza, color, linaje u origen nacional o étnico que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera de la vida pública”.
Preocupa observar que, en ocasión de estar cumpliéndose 40 años ininterrumpidos de democracia, algunos sectores de nuestro país intentan hacernos retroceder con cuestiones ya saldadas en materia de respeto a los derechos humanos, como el hecho de que puedan ser cuestionados derechos reconocidos formalmente, por motivos raciales o de origen étnico. Agrava la situación que esta discriminación inconstitucional provenga de una institución de gobierno, como es una cámara legislativa provincial.
«Debemos reflexionar seriamente sobre estas cuestiones y no dejarlas pasar» expresan el INAI, el INADI y la SDH en su comunicado. «Este tipo de normas fomentan la reproducción de discursos de odio y legitiman prácticas muy peligrosas que ponen en jaque la garantía del Estado de derecho, la solidez de la democracia y de las instituciones».
Desde el INAI, el INADI y la SDH reclaman a la Cámara de Diputados de la provincia de Mendoza que revea la decisión tomada y dé una clara señal de que los derechos son iguales para todos y todas, sin distinción étnico racial.
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